Documento de estudio para la mesa de trabajo Ciencia, Tecnología, Innovación y Posgrados, preparado por los profesores: César Augusto Montes L., Director Investigaciones y Posgrados, Carlos Humberto González, profesor y Consultor Proyección Social, y Claudia Álvarez, profesora del programa de Administración de Empresas. Se presentó ante la sociedad académica del Eje Cafetero, en el foro regional que programó Ascun y que se realizó en la Universidad Católica de Pereira, el jueves 5 de mayo del presente año.
Con base en la revisión de cómo aparecen estos temas dentro del Proyecto de reforma de la Ley 30 del 92, se proponen estas consideraciones y posiciones al respecto.


Se llama la atención sobre algunos aspectos específicos del Proyecto:





Otros elementos de análisis desde las perspectivas legal y estatal
Se consideró pertinente tomar elementos de análisis adicionales, provenientes de otros documentos que orientan el futuro del país, como el Plan Nacional de Desarrollo 2011-2014, el documento Visión Colombia II Centenario 2019 y el Proyecto de reforma a la Ley de Regalías.
En el Plan Nacional de Desarrollo 2011-2014
Se prevé ampliar las inversiones en el sector, como sigue:
Por “Pilares, Objetivos y Estrategias”, las Inversiones en conocimiento e innovación serían:
Central: $3.303.954 millones
Territorial: $2.639.914 millones
Privado: $2.971.182 millones
Total: $8.915.050 millones
Por Sectores, el sector Ciencia y Tecnología, se propone que se invierta:
Central: $1.773.734 millones
Territorial $2.639.914 millones
Privado: $2.971.182 millones
Total: $7.384.830 millones
Adicionalmente, el Plan de Desarrollo presenta estos otros elementos favorables:
Abre la posibilidad de que los recursos de la Nación destinados a becas o a créditos educativos universitarios para la financiación de maestrías, doctorados o postdoctorados puedan ser girados al Fondo Francisco José de Caldas (Colciencias)
Se aclara la propiedad intelectual de las obras que se realizan en cumplimiento de un contrato: los intelectuales son del autor, y los patrimoniales son de la entidad que contrata.
Se aclara la posibilidad de transferencia de la propiedad intelectual industrial, si se establece por escrito.
Se regula la posibilidad de enajenar los derechos patrimoniales de autor.
Se especifica que los derechos de propiedad intelectual de proyectos de investigación financiados con recursos del presupuesto nacional serán de los autores o instituciones y no del Estado
Establece que las Comisiones Regionales de Competitividad -o quien haga sus veces- coordinarán en cada departamento, la implementación de las políticas de desarrollo productivo, de competitividad y productividad, a través de las demás instancias regionales como Consejos Departamentales de Ciencia, Tecnología e Innovación (Codecyt), Comités Universidad-Estado-Empresa, Comités de Biodiversidad, Redes Regionales de Emprendimiento, Consejos Regionales de Microempresa y Pyme, Comités de Seguimiento a los Convenios de Competitividad e Instancias Regionales promovidas por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural. Todo, sujeto a regulación del Gobierno. Esto significaría mayor descentralización y un papel más preponderante de las regiones.
Sobre importaciones de activos destinados al desarrollo de proyectos calificados como de carácter científico, tecnológico o de innovación, por instituciones de educación y centros de investigación reconocidos por Colciencias, otorga el incentivo de que estarán exentos del impuesto sobre las ventas (IVA).
Sobre deducción por inversiones en desarrollo científico y tecnológico., establece que las personas que realicen inversiones en proyectos calificados como de carácter científico, tecnológico o de innovación (siempre y cuando se destinen exclusivamente a esos proyectos) tendrán derecho a deducir de su renta, en el caso de las micro, pequeñas y medianas empresas, el 125% del valor invertido en dichos proyectos en el período gravable en que se realizó la inversión. En el caso de las grandes empresas la deducción será del 110% del valor invertido en dichos proyectos. Esta deducción no podrá exceder del 40% de la renta líquida, determinada antes de restar el valor de la inversión. Tales inversiones serán realizadas a través de investigadores, grupos o centros de investigación, desarrollo tecnológico o innovación registrados y reconocidos por Colciencias. Los proyectos deben, además, vincular personal calificado y acreditado de nivel de formación técnica profesional, tecnológica, profesional, maestría o doctorado a centros o grupos de investigación o innovación, según los criterios y las condiciones definidas por el Consejo Nacional de beneficios tributarios en ciencia, tecnología e innovación.
El documento “Visión Colombia II Centenario-2019”
Su orientación central es basar el crecimiento y el desarrollo social en la ciencia, la tecnología y la innovación, y establecer esta propuesta como política de Estado.
Los programas que reciben financiación de Colciencias son generalmente Energía y Minería, Electrónica, Telecomunicaciones e Informática, Ciencias Agropecuarias, Ciencias de la Salud y otras relacionadas.
La visión estratégica de esta propuesta se enfoca a que “en el 2019 Colombia tendrá un desarrollo humano, social y económico cimentado en la producción, difusión y uso del conocimiento, que será un elemento fundamental para la productividad y la competitividad internacional y la prevención y solución de problemas nacionales y regionales.”
El Proyecto de reforma a la Ley de Regalías
Prevé duplicar la inversión en investigación en cuatro años (2014), y la quintuplicaría para el 2019.
Establece nuevos mecanismos o incentivos a la formación de doctores
Incentivará la investigación para la innovación tecnológica, a través de Colciencias y los Consejos regionales de Ciencia, Tecnología e Innovación.
Está en la línea de la Ley que reformó a Colciencias.
Está en la misma dirección del Programa Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación.
En el caso de las grandes empresas la deducción será del 110% del valor invertido en dichos proyectos. Esta deducción no podrá exceder del 40% de la renta líquida, determinada antes de restar el valor de la inversión.
A modo de conclusiones
1. Para los posgrados, la perspectiva de la reforma de la Ley 30 es más optimista que la de los pregrados, en cuanto a posibles incentivos para la financiación de estudios doctorados, para las personas (créditos condonables, financiación de programas y de las investigaciones de esos programas). En todo caso, los posgrados vienen siendo operados como frentes de labor independientes de los pregrados en las universidades estatales y sus matrículas tienen un régimen y tarifas diferentes. Y en las universidades privadas son programas que se ofrecen según criterios institucionales de sostenibilidad.
2. Para la investigación, se abren posibilidades de financiación, a partir de convocatorias y de incentivos que la empresa pueda utilizar. Esto último requiere de la continua gestión de las universidades para ganar mayor credibilidad y asociaciones con la empresa.
3. El proyecto ofrece oportunidades de financiación adicional en niveles de posgrado, tanto para formar a los profesores-investigadores de las universidades, como para facilitar el ingreso de otros estudiantes a los programas de maestrías y doctorados que ofrecen nuestras universidades.
4. Por vez primera, existe una apuesta de desarrollo que intenta colocar al conocimiento como eje vital de la inserción del país en la economía mundial y reta a que ese mismo conocimiento contribuya a resolver los asuntos vitales que padece nuestra sociedad. Pero, hasta ahí es sólo una intención interesante, a la que se le pueden hacer varias observaciones sobre las implicaciones de este dictado y la capacidad de asumirlo con rigor y coherencia en la gestión del Estado, las empresas y las universidades en los próximos años.
En el Plan Nacional de Desarrollo 2011-2014
Se prevé ampliar las inversiones en el sector, como sigue:
Por “Pilares, Objetivos y Estrategias”, las Inversiones en conocimiento e innovación serían:




Por Sectores, el sector Ciencia y Tecnología, se propone que se invierta:




Adicionalmente, el Plan de Desarrollo presenta estos otros elementos favorables:








El documento “Visión Colombia II Centenario-2019”



El Proyecto de reforma a la Ley de Regalías





En el caso de las grandes empresas la deducción será del 110% del valor invertido en dichos proyectos. Esta deducción no podrá exceder del 40% de la renta líquida, determinada antes de restar el valor de la inversión.
A modo de conclusiones
1. Para los posgrados, la perspectiva de la reforma de la Ley 30 es más optimista que la de los pregrados, en cuanto a posibles incentivos para la financiación de estudios doctorados, para las personas (créditos condonables, financiación de programas y de las investigaciones de esos programas). En todo caso, los posgrados vienen siendo operados como frentes de labor independientes de los pregrados en las universidades estatales y sus matrículas tienen un régimen y tarifas diferentes. Y en las universidades privadas son programas que se ofrecen según criterios institucionales de sostenibilidad.
2. Para la investigación, se abren posibilidades de financiación, a partir de convocatorias y de incentivos que la empresa pueda utilizar. Esto último requiere de la continua gestión de las universidades para ganar mayor credibilidad y asociaciones con la empresa.
3. El proyecto ofrece oportunidades de financiación adicional en niveles de posgrado, tanto para formar a los profesores-investigadores de las universidades, como para facilitar el ingreso de otros estudiantes a los programas de maestrías y doctorados que ofrecen nuestras universidades.
4. Por vez primera, existe una apuesta de desarrollo que intenta colocar al conocimiento como eje vital de la inserción del país en la economía mundial y reta a que ese mismo conocimiento contribuya a resolver los asuntos vitales que padece nuestra sociedad. Pero, hasta ahí es sólo una intención interesante, a la que se le pueden hacer varias observaciones sobre las implicaciones de este dictado y la capacidad de asumirlo con rigor y coherencia en la gestión del Estado, las empresas y las universidades en los próximos años.
Para las instituciones como la nuestra (Universidad de Manizales), sería una exigencia nueva el que para seguir siendo Universidad se requerirá contar con producción de investigación de grupos de investigación en los dos niveles más altos (A y A1), y en tres campos de conocimiento.
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